Las islas que se forman en los mares adyacentes a las costas de España y en los ríos navegables y flotables, pertenecen al Estado.
art 371 cc
El artículo 371 del Código Civil español explica qué sucederá con las islas que se forman en los mares y ríos navegables.
- Código Civil
- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título II: De la propiedad
- Capítulo II: Del derecho de accesión
- Sección II: Del derecho de accesión respecto a los bienes inmuebles
- Capítulo II: Del derecho de accesión
- Título II: De la propiedad
- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
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