Artículo 363 del Código Civil

El dueño del terreno en que se haya edificado, plantado o sembrado con mala fe puede exigir la demolición de la obra o que se arranque la plantación y siembra, reponiendo las cosas a su estado primitivo a costa del que edificó, plantó o sembró.

art 363 cc

El artículo 363 del Código Civil español explica que el dueño del terreno donde se edifique, plante o siembre con mala fe puede exigir la demolición de la obra.

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