Los bienes de las provincias y de los pueblos se dividen en bienes de uso público y bienes patrimoniales.
art 343 cc
El artículo 343 del Código Civil español explica cómo se dividen los bienes de las provincias y los pueblos.
- Código Civil
- LIBRO II. DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título I: De la clasificación de los bienes
- Capítulo III: De los bienes según las personas a que pertenecen
- Título I: De la clasificación de los bienes
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