El Secretario judicial dará posesión de su cargo al tutor nombrado.
art 259 cc
El artículo 259 del Código Civil español hace referencia a la posesión del cargo de tutor nombrado por el Secretario judicial.
- Código Civil
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS
- Título X: De la tutela, de la curatela y de la guardia de los menores o incapacitados
- Capítulo II: De la tutela
- Sección III: Del ejercicio de la tutela
- Capítulo II: De la tutela
- Título X: De la tutela, de la curatela y de la guardia de los menores o incapacitados
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS