El dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben por la posesión durante diez años entre presentes y veinte entre ausentes, con buena fe y justo título.
art 1957 cc
El artículo 1957 del Código Civil español hace referencia a los plazos para la prescripción ordinaria en bienes inmuebles.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título XVIII: De la prescripción
- Capítulo II: De la prescripción del dominio y demás derechos reales
- Título XVIII: De la prescripción
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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