El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido.
art 1905 cc
El artículo 1905 del Código Civil español se encuentra relacionado con la responsabilidad extracontractual.
Este artículo hace referencia a que el dueño de un animal es responsable de los perjuicios que pudiera causar.
- Código Civil
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