Artículo 1730 del Código Civil

El mandatario podrá retener en prenda las cosas que son objeto del mandato hasta que el mandante realice la indemnización y reembolso de que tratan los dos artículos anteriores.

art 1730 cc

El artículo 1730 del Código Civil español hace referencia a la posibilidad de que el mandatario retenga en prenda las cosas que son objeto del mandato.

El artículo 1730 se encuentra dentro del capítulo de las obligaciones del mandante:

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