Artículo 1729 del Código Civil

Debe también el mandante indemnizar al mandatario de todos los daños y perjuicios que le haya causado el cumplimiento del mandato, sin culpa ni imprudencia del mismo mandatario.

art 1729 cc

El artículo 1729 del Código Civil español establece la obligación del mandante de indemnizar al mandatario por lo daños y perjuicios ocasionados por el cumplimiento del mandato.

El artículo 1729 se encuentra dentro del capítulo de las obligaciones del mandante:

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