Si la sociedad se prorroga después de expirado el término, se entiende que se constituye una nueva sociedad. Si se prorroga antes de expirado el término, continúa la sociedad primitiva.
art 1703 cc
Este artículo del Código Civil español hace referencia a los modos de extinción de una sociedad civil.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título VIII: De la sociedad
- Capítulo III: De los modos de extinguirse la sociedad
- Título VIII: De la sociedad
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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