Artículo 1703 del Código Civil

Si la sociedad se prorroga después de expirado el término, se entiende que se constituye una nueva sociedad. Si se prorroga antes de expirado el término, continúa la sociedad primitiva.

art 1703 cc

Este artículo del Código Civil español hace referencia a los modos de extinción de una sociedad civil.

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