Artículo 1571 del Código Civil

El comprador de una finca arrendada tiene derecho a que termine el arriendo vigente al verificarse la venta, salvo pacto en contrario y lo dispuesto en la Ley Hipotecaria.

Si el comprador usare de este derecho, el arrendatario podrá exigir que se le deje recoger los frutos de la cosecha que corresponda al año agrícola corriente y que el vendedor le indemnice los daños y perjuicios que se le causen.

art 1571 cc

El artículo 1571 del Código Civil español hace referencia a los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario.

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