Artículo 1562 del Código Civil

A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.

art 1562 cc

El artículo 1562 del Código Civil español hace referencia a la presunción de que el arrendatario recibió la finca arrendada en buen estado.

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