Artículo 1561 del Código Civil

El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.

art 1561 cc

El artículo 1561 del Código Civil español hace referencia a la obligación del arrendatario de devolver la finca arrendada al concluir el contrato de arrendamiento.

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