Artículo 1544 del Código Civil

En el arrendamiento de obras o servicios, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un servicio por precio cierto.

art 1544 cc

Este artículo del Código Civil español hace referencia al contrato de arrendamiento.

Se establece que cuando lo arrendado sea una obra o un servicio, el arrendamiento consistirá en que una de las partes del contrato (el arrendador) tendrá que ejecutar la obra o prestar el correspondiente servicio a la otra parte (el arrendatario) a cambio de un precio.

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