No podrá ejercitarse el derecho de retracto legal sino dentro de nueve días, contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta.
El retracto de comuneros excluye el de colindantes.
art 1524 cc
El artículo 1524 del Código Civil español explica que el derecho de retracto legal podrá ejecutarse 9 días después de la inscripción en el Registro.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título IV: Del contrato de compra y venta
- Capítulo VI: De la resolución de la venta
- Sección II: Del retracto legal
- Artículo 1521
- Artículo 1522
- Artículo 1523
- Artículo 1524
- Artículo 1525
- Sección II: Del retracto legal
- Capítulo VI: De la resolución de la venta
- Título IV: Del contrato de compra y venta
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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