Artículo 1466 del Código Civil

El vendedor no estará obligado a entregar la cosa vendida si el comprador no le ha pagado el precio o no se ha señalado en el contrato un plazo para el pago.

art 1466 cc

El artículo 1466 del Código Civil español establece que el vendedor no estará obligado a entregar la cosa vendida si el comprador no le ha pagado.

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