Artículo 1450 del Código Civil

La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado.

art 1450 cc

Este artículo del Código Civil español hace referencia al perfeccionamiento del contrato de compraventa.

El artículo 1450 del Código Civil se encuentra en el título dedicado al contrato de compra y venta:

¿Buscas abogado especialista en derecho civil?

Te ayudamos a encontrar abogado de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado