Artículo 1436 del Código Civil

La demanda de separación de bienes y la sentencia firme en que se declare se deberán anotar e inscribir, respectivamente, en el Registro de la Propiedad que corresponda, si recayere sobre bienes inmuebles. La sentencia firme se anotará también en el Registro Civil.

art 1436 cc

El artículo 1436 del Código Civil español explica que la demanda y sentencia firme de la separación de bienes deberá anotarse e inscribirse en el Registro de la Propiedad que corresponda y en el Registro Civil si fuera necesario.

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