La mujer podrá ejercitar la acción de impugnación de su maternidad justificando la suposición del parto o no ser cierta la identidad del hijo.
art 139 cc
El artículo 139 del Código Civil español establece la posibilidad de impugnación de la maternidad por parte de la madre.
- Código Civil
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS
- Título V: De la paternidad y filiación
- Capítulo II: De la determinación y prueba de la filiación
- Sección III: De la impugnación
- Capítulo II: De la determinación y prueba de la filiación
- Título V: De la paternidad y filiación
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS