Artículo 1368 del Código Civil

También responderán los bienes gananciales de las obligaciones contraídas por uno solo de los cónyuges en caso de separación de hecho para atender a los gastos de sostenimiento, previsión y educación de los hijos que estén a cargo de la sociedad de gananciales.

art 1368 cc

El artículo 1368 del Código Civil español explica cuándo responderán los bienes gananciales respecto a las obligaciones contraídas por los cónyuges en caso de separación.

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