Artículo 1339 del Código Civil

Los bienes donados conjuntamente a los esposos pertenecerán a ambos en pro indiviso ordinario y por partes iguales, salvo que el donante haya dispuesto otra cosa.

art 1339 cc

El artículo 1339 del Código Civil español explica cómo funcionarán los bienes donados conjuntamente a los esposos, que pertenecerán a ambos en proindiviso.

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