La invalidez de las capitulaciones matrimoniales se regirá por las reglas generales de los contratos. Las consecuencias de la anulación no perjudicarán a terceros de buena fe.
art 1335 cc
El artículo 1335 del Código Civil español explica cómo se regirá la invalidez de las capitulaciones matrimoniales, que será por las reglas generales de los contratos.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título III: Del régimen económico matrimonial
- Capítulo II: De las capitulaciones matrimoniales
- Título III: Del régimen económico matrimonial
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS