Los contratos válidamente celebrados pueden rescindirse en los casos establecidos por la ley.
art 1290 cc
El artículo 1290 del Código Civil español hace referencia a la rescisión de los contratos. Se podrán rescindir en los casos establecidos por ley.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título II: De los contratos
- Capítulo V: Rescisión de contratos
- Título II: De los contratos
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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