Los documentos en que intervenga Notario público se regirán por la legislación notarial.
art 1217 cc
El artículo 1217 del Código Civil español explica cómo se regirán los documentos en que intervenga un notario público.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título I: De las obligaciones
- Capítulo V: De la prueba de las obligaciones
- Sección I: De los documentos públicos
- Capítulo V: De la prueba de las obligaciones
- Título I: De las obligaciones
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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