Las obligaciones se extinguen:
- Por el pago o cumplimiento.
- Por la pérdida de la cosa debida.
- Por la condonación de la deuda.
- Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor.
- Por la compensación.
- Por la novación.
art 1156 cc
El artículo 1156 del Código Civil español hace referencia a las causas que extinguen una obligación.