Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse a tenor de los mismos.
art 1091 cc
El artículo 1091 del Código Civil español hace referencia a las obligaciones que nacen de los contratos y se establece que este tipo de obligaciones tendrán fuerza de ley entre las partes.
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título I: De las obligaciones
- Capitulo I: Disposiciones generales
- Título I: De las obligaciones
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
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