La partición hecha con uno a quien se creyó heredero sin serlo será nula.
art 1081 cc
El artículo 1081 del Código Civil español hace referencia a la nulidad de la partición de herencia cuando se hace con uno a quien se le consideró heredero sin serlo.
- Código Civil
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Título III: De las sucesiones
- Capítulo VI: De la colación y partición
- Sección IV: De la rescisión de la partición
- Capítulo VI: De la colación y partición
- Título III: De las sucesiones
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
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