La razón social es el nombre o denominación oficial de una empresa, es decir, es la forma de nombrar a la persona jurídica, y que permite identificarla de manera inequívoca.
Este nombre se emplea para usos formales, jurídicos y administrativos y no tiene por qué coincidir con el nombre comercial de la misma o con las marcas que comercializa.
La razón social figura en todos los documentos fundacionales y en cualquiera de sus documentos formales o legales.
Diferencias entre razón social y nombre comercial
El nombre comercial es aquel que sirve para que los consumidores y el público general conozca a una empresa, mientras que la razón social se utiliza para identificar de forma legal y oficial a una empresa.
La razón social y el nombre comercial de una empresa pueden ser completamente diferentes.
¿Cómo elegir una razón social?
Es importante elegir correctamente el tipo de sociedad mercantil de la empresa de modo que sea acorde a la legalidad y que, además, no se esté utilizando para otra sociedad, ya que no puede haber dos sociedades con la misma razón social.
Además, para la elección se deben tener en cuenta criterios como:
- La constitución de la empresa.
- El número de accionistas.
- La conformación del capital.
- La responsabilidad de los accionistas.
¿Qué tipos de razones sociales existen en Colombia?
Cada tipo de sociedad mercantil o empresa utiliza una fórmula diferente para nombrar su razón social:
- Sociedad en Comandita: Su razón social será el nombre o apellido de uno o más socios con la expresión “y compañía” o la abreviación “& Cía.”. A su vez, esta sociedad puede ser simple o por acciones (se añadirá la abreviación que corresponda):
- Sociedad en Comandita Simple: a la denominación escogida para nombrar de forma legal a la sociedad se le agregara al final "S. en C.".
- Sociedad en Comandita por Acciones: se agregara tras la denominación escogida la fórmula "S.C.A.".
- Sociedad Limitada: tras la denominación de la sociedad se agrega "LTDA".
- Sociedad Anónima: las sociedades anónimas colombianas utilizan tras su denominación la fórmula "S.A.".
- Sociedad por Acciones Simplificada: a la denominación escogida se le agrega al final "S.A.S.".
- Sociedad Colectiva: la razón social se forma con el nombre de uno o más de los socios, añadiendo al final expresiones como "y compañía", "hermanos" y "e hijos".