El ius sanguinis o "derecho de sangre" es una de las vías que existen para adquirir una determinada nacionalidad.
¿Qué es ius sanguinis?
Ius sanguinis significa que los nacidos de madre o padre de un país, recibirán la nacionalidad de dicho país por el mero hecho de ser hijos suyos.
Sin embargo, no todos los países reconocen el ius sanguinis como vía legal para obtener la nacionalidad.
En Colombia se reconoce esta vía de obtención de la nacionalidad en el artículo 96 de la Constitución Política:
Son nacionales colombianos:
1. Por nacimiento:
a) Los naturales de Colombia, que con una de dos condiciones: que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento y;
b) Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en territorio colombiano o registraren en una oficina consular de la República.
Artículo 96.1 de la Constitución
Este criterio se contrapone al criterio del ius soli, que significa que la nacionalidad se adquiere por el lugar de nacimiento.
Origen del ius sanguinis
El ius sanguinis se remonta al Derecho Romano, cuando se decía que “no era el lugar del nacimiento sino la nacionalidad de los padres la que confería la ciudadanía romana al hijo”.
¿Quiénes disfrutan del ius sanguinis?
Del ius sanguinis se disfruta cuando se es hijo de quienes tengan la nacionalidad de un determinado lugar. Basta con que se dé este requisito para que dicho ser adquiera automáticamente con su nacimiento la misma nacionalidad que sus padres.