Imputado

Un imputado es esa persona que se encuentra relacionada con un problema jurídico, pero al que aún no se le ha determinado su culpabilidad o inocencia. Por lo que no se le ha establecido ninguna sanción o pena. En algunos lugares, se ha cambiado este término por el término de “investigado”, para que no se le relacione directamente con un delito o la culpabilidad.

En el Código de Procedimiento Penal en su artículo 126 se habla de la calidad de sujeto procesal y aquí se dice que: “se denomina imputado a quien se atribuya autoría o participación en la conducta punible. Este adquiere la calidad de sindicado y será sujeto procesal desde su vinculación mediante indagatoria o declaratoria de persona ausente”.

Dentro de los siguientes artículos se mencionan algunas particularidades que se encuentran relacionadas con el imputado. Por ejemplo, en el artículo 323 se habla de la reserva de diligencias y allí se explica que mientras la investigación previa se esté desarrollando, las diligencias son reservadas, pero la persona que actúa como defensor del imputado puede conocerlas.

La vinculación del imputado se establece en el artículo 332, en el que se dice que este queda vinculado al proceso al momento de rendir indagatoria o en el caso de que se declare como persona ausente.

El proceso en el que el imputado se vincula al proceso penal

La persona se convierte en imputada mediante el proceso de imputación, que es el acto jurídico en el que se le atribuye el cometer presuntamente un delito determinado. Este es el proceso que hace que el sujeto se vincule formalmente al proceso penal que inicia.

Al imputado se le informa acerca de los cargos que existen en su contra en una audiencia que es comunicada por la Fiscalía General de la Nación. Esta audiencia debe ser efectuada por un juez y al imputado se le debe garantizar su derecho a la defensa. Siempre se debe velar por proteger los derechos de las personas involucradas en el caso.

Al comenzar el proceso, se comienza la investigación del caso para buscar las pruebas que culpen o absuelvan al imputado. El juez se encarga de revisar cada prueba y evidencia para determinar la existencia de elementos necesarios para responsabilizar de manera penal a la persona.

Según lo establecido por la Ley 906 de 2004 en el artículo 24: “Las indagaciones, investigaciones, imputaciones, acusaciones y juzgamientos por las conductas previstas en la ley penal como delito, serán adelantadas por los órganos y mediante los procedimientos establecidos en este código y demás disposiciones complementarias”.

Al imputado aún no se le puede declarar como culpable del delito que se le acusa. Se debe respetar el debido proceso y cada una de sus fases y esperar el veredicto del juez que puede absolver o determinar su culpabilidad en el acto.

El imputado tiene el derecho de contar con la compañía de un abogado durante el proceso, este va a asesorar y buscar su beneficio en el proceso penal. Además, puede solicitar más pruebas que respalden la inocencia del sujeto.