Estado civil

Al estudiar sobre Derecho Civil, nos encontramos con la figura del estado civil, entendiéndose como la situación permanente de una persona natural (física) en relación con su circunstancia personal y la legislación. Vale mencionar que de acuerdo al estado civil de una persona, esta tendrá una determinada capacidad de obrar, así como surtirá efectos en cada individuo.

Estado Civil

Una persona que acaba de contraer matrimonio adquiere el estado civil de casado.

Regulación del estado civil en el código civil colombiano

En el Derecho Romano, solo los ciudadanos que nacían libres tenían derecho a gozar de un status civitatis y familiae, es decir, que eran jefes de familia y esta situación les brindaba la posibilidad de recibir derechos. Sin embargo, en la actualidad esto es totalmente diferente ya que ahora toda persona puede ser titular tanto de derechos como de obligaciones. Por ejemplo, el casado debe fidelidad a su esposa, mientras que el mayor de edad adquiere derechos civiles como votar.

En Colombia, es el Decreto 1260 de 1970 el que establece un concepto completo de lo que es el estado civil. Se entiende como la situación jurídica de una persona tanto en la familia como en la sociedad. Este determina la capacidad de ejercer algunos derechos, pero también contraer obligaciones (Artículo 1).

Vale mencionar que el estado civil es indivisible, indisponible e imprescriptible. Tales términos indican que una persona no puede tener dos estados civiles que se contradigan; es decir, ser soltero y casado al mismo tiempo. Sin embargo, si puede ser hijo extramatrimonial legitimado y soltero. Además, de que el estado civil debe ser asignado de acuerdo a lo que determine la ley.

En el artículo 2 del mismo decreto, se establece que esta situación jurídica deriva de hechos, actos y providencias. Por eso, para que un estado civil sea efectivo, se debe hacer un registro del mismo. Este bien puede darse por un registro de nacimiento, de matrimonio, de defunción o un acta de divorcio.