¿Me pueden cobrar una deuda de hace 10 años?
En Colombia, una deuda de hace 10 años podría no ser exigible debido a la figura de la prescripción extintiva, que limita el tiempo en el que un acreedor puede cobrar judicialmente una obligación. Según el Código Civil Colombiano, las deudas civiles, en general, prescriben a los 10 años, mientras que las deudas comerciales (por ejemplo, entre empresas o comerciantes) prescriben a los 5 años, salvo que exista alguna interrupción en el plazo, como un reconocimiento de la deuda por parte del deudor o un proceso judicial en curso.
Si la deuda es de carácter civil y han pasado 10 años sin ninguna acción de cobro o interrupción de la prescripción, se podría solicitar ante un juez la prescripción extintiva, para que la deuda se considere legalmente extinguida. Sin embargo, si el acreedor inició acciones legales en ese periodo, el plazo de prescripción puede haber sido interrumpido, manteniendo la deuda vigente.
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