Es obligado a la indemnización el que hizo el daño y sus herederos.
El que recibe provecho del dolo ajeno, sin haber tenido parte en él, solo es obligado hasta concurrencia de lo que valga el provecho que hubiere reportado.
art 2343 cc
Es obligado a la indemnización el que hizo el daño y sus herederos.
El que recibe provecho del dolo ajeno, sin haber tenido parte en él, solo es obligado hasta concurrencia de lo que valga el provecho que hubiere reportado.
art 2343 cc