Sucesión por representación y por cabezas
Los que suceden por representación heredan en todos casos por estirpes, es decir, que cualquiera que sea el número de los hijos que representan al padre o madre, toman entre todos y por iguales partes la porción que hubiere cabido al padre o madre representado.
Los que no suceden por representación suceden por cabezas, esto es, toman entre todos y por iguales partes la porción a que la ley los llama, a menos que la misma ley establezca otra división diferente.
art 1042 cc
- Código Civil
- Libro Tercero: De la Sucesión por Causa de Muerte, y de las Donaciones entre Vivos
- Título II: Reglas Relativas a la Sucesión Intestada
- Artículo 1037
- Artículo 1038
- Artículo 1039
- Artículo 1040
- Artículo 1041
- Artículo 1042
- Artículo 1043
- Artículo 1044
- Artículo 1045
- Artículo 1046
- Artículo 1047
- Artículo 1048 (Derogado)
- Artículo 1049 (Derogado)
- Artículo 1050
- Artículo 1051
- Artículo 1052
- Artículo 1053
- Artículo 1054
- Título II: Reglas Relativas a la Sucesión Intestada
- Libro Tercero: De la Sucesión por Causa de Muerte, y de las Donaciones entre Vivos