Artículo 975 del Código Civil
Artículo 975. Acciones posesorias del y contra el heredero.
El heredero tiene y está sujeto a las mismas acciones posesorias que tendría y a que estaría sujeto su autor, si viviese.
art 975 CC
El heredero tiene y está sujeto a las mismas acciones posesorias que tendría y a que estaría sujeto su autor, si viviese.
art 975 CC