Artículo 953 del Código Civil
Artículo 953. Obligación de denuncia.
El mero tenedor de la cosa que se reivindica es obligado a declarar el nombre y residencia de la persona a cuyo nombre la tiene.
art 953 CC
El mero tenedor de la cosa que se reivindica es obligado a declarar el nombre y residencia de la persona a cuyo nombre la tiene.
art 953 CC