Artículo 889 del Código Civil
Artículo 889. Regulación de la servidumbre en el código de policia.
Las disposiciones de este título se entenderán sin perjuicio de lo estatuido sobre servidumbres en el Código de Policía o en otras leyes.
art 889 CC
Las disposiciones de este título se entenderán sin perjuicio de lo estatuido sobre servidumbres en el Código de Policía o en otras leyes.
art 889 CC