Artículo 646 del Código Civil
Artículo 646. Acciones de los acreedores.
Los acreedores de las corporaciones tienen acción contra sus bienes como contra los de una persona natural, que se halla bajo tutela.
art 646 CC
Los acreedores de las corporaciones tienen acción contra sus bienes como contra los de una persona natural, que se halla bajo tutela.
art 646 CC