Artículo 404 del Código Civil
Artículo 404. Herederos en juicios de filiación.
<Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012>
art 404 CC
<Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012>
art 404 CC