Artículo 2545 del Código Civil
Artículo 2545. Prescripciones de acciones especiales.
Las prescripciones de corto tiempo a que están sujetas las acciones especiales, que nacen de ciertos actos o contratos, se mencionan en los títulos respectivos, y corren también contra toda persona; salvo que expresamente se establezca otra regla.
art 2545 CC