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Artículo 2545 del Código Civil

Artículo 2545. Prescripciones de acciones especiales.

Las prescripciones de corto tiempo a que están sujetas las acciones especiales, que nacen de ciertos actos o contratos, se mencionan en los títulos respectivos, y corren también contra toda persona; salvo que expresamente se establezca otra regla.

art 2545 CC