Artículo 2391 del Código Civil
Artículo 2391. Beneficio de excusión del subfiador.
El subfiador goza del beneficio de excusión, tanto respecto del fiador como del deudor principal.
art 2391 CC
El subfiador goza del beneficio de excusión, tanto respecto del fiador como del deudor principal.
art 2391 CC