Artículo 2323 del Código Civil
Artículo 2323. Derechos de los comuneros sobre la cosa comun.
El derecho de cada uno de los comuneros sobre la cosa común, es el mismo que el de los socios en el haber social.
art 2323 CC
El derecho de cada uno de los comuneros sobre la cosa común, es el mismo que el de los socios en el haber social.
art 2323 CC