Artículo 2178 del Código Civil
Artículo 2178. Responsabilidad por la solvencia de los deudores y circunstancias referentes al cobro.
El mandatario puede, por un pacto especial tomar sobre su responsabilidad la solvencia de los deudores y todas las incertidumbres y embarazos del cobro. Constitúyese entonces principal deudor para con el mandante, y son de su cuenta hasta los casos fortuitos y la fuerza mayor.
art 2178 CC