Leyes Código Civil Artículo 2132Artículo 2132 del Código CivilArtículo 2132. Disolución por incapacidad sobreviniente o insolvencia.<Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995>art 2132 CC Anterior: Artículo 2131 Siguiente: Artículo 2133 ÍndiceCódigo CivilLIBRO CUARTO. De las obligaciones en general y de los contratosTÍTULO XXVII. De la sociedadCAPÍTULO VII. Disolución de la sociedad Artículo 2124. Disolución de la sociedad. Artículo 2125. Disolución de la sociedad por cumplimiento del negocio por el que fue constitución. Artículo 2126. Disolución por insolvencia o extinción del objeto. Artículo 2127. Disolución por incumplimiento en los aportes. Artículo 2128. Disolución por perdida de aportes. Artículo 2129. Disolución por muerte de los socios. Artículo 2130. Continuación de la sociedad con los herederos. Artículo 2131. Derechos de los herederos de socio. Artículo 2132. Disolución por incapacidad sobreviniente o insolvencia. Artículo 2133. Disolución por consentimiento unanime. Artículo 2134. Disolución por renuncia de socio. Artículo 2135. Requisitos de la renuncia. Artículo 2136. Renuncia de mala fe o intempestiva. Artículo 2137. Concepto de renuncia de mala fe. Artículo 2138. Concepto de renuncia intempestiva. Artículo 2139. Retiro sin renuncia. Artículo 2140. Disolución oponible a terceros. Artículo 2141. División del haber social.