Artículo 2055 del Código Civil
Artículo 2055. Fijación del precio por tercero.
Si se ha convenido en dar a un tercero la facultad de fijar el precio, y muriere éste antes de procederse a la ejecución de la obra, será nulo el contrato; si después de haberse procedido a ejecutar la obra, se fijará el precio por peritos.
art 2055 CC