Artículo 1886 del Código Civil
Artículo 1886. Venta de finca.
En la venta de una finca se comprenden naturalmente todos los accesorios que, según los artículos 658 y siguientes, se reputan inmuebles.
art 1886 CC
En la venta de una finca se comprenden naturalmente todos los accesorios que, según los artículos 658 y siguientes, se reputan inmuebles.
art 1886 CC