Artículo 1667 del Código Civil
Artículo 1667. Fuentes de la subrogación.
Se subroga un tercero en los derechos del acreedor, o en virtud de la ley o en virtud de una convención del acreedor.
art 1667 CC
Se subroga un tercero en los derechos del acreedor, o en virtud de la ley o en virtud de una convención del acreedor.
art 1667 CC