Artículo 1448 del Código Civil
Artículo 1448. Extensión de las incapacidades para recibir herencias o legados.
Las incapacidades de recibir herencias y legados, según el artículo 1021, se extienden a las donaciones entre vivos.
art 1448 CC
Las incapacidades de recibir herencias y legados, según el artículo 1021, se extienden a las donaciones entre vivos.
art 1448 CC