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Artículo 1358 del Código Civil

Artículo 1358. Actuaciones ilegales del albacea por encargo del testador.

Se prohibe al albacea llevar a efecto ninguna disposición del testador, en lo que fuere contraria a las leyes, so pena de nulidad, y de considerársele culpable de dolo.

art 1358 CC