Artículo 1351 del Código Civil
Artículo 1351. Normas aplicables las ventas y contratos realizados por el albacea.
Lo dispuesto en los artículos 484 y 501 se extenderá a los albaceas.
art 1351 CC
Lo dispuesto en los artículos 484 y 501 se extenderá a los albaceas.
art 1351 CC