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Artículo 1313 del Código Civil

Artículo 1313. Omisiones por mala fe.

El heredero que en la confección del inventario omitiere, de mala fe, hacer mención de cualquiera parte de los bienes, por pequeña que sea, o supusiere deudas que no existen, no gozará del beneficio de inventario.

art 1313 CC